Por Liliana Elena González
@mexatua
En
el campo de bienes raices en México, aún no hay procedimientos
específicos, ni leyes especiales, por lo que es muy importante firmar un
contrato de compraventa privado o ante notario tan pronto como haya un
cliente interesado en comprar una propiedad. Un contrato "amarra" u
obliga a las partes a cumplir con lo pactado.
Este contrato deberá ser formulado y/o revisado por un profesional de bienes raíces o un abogado, para no poner en riesgo los intereses de ninguna de las partes y se pueda producir la escrituración sin mayores contratiempos.
Los 6 puntos más importantes en los contratos de compraventa son:
1.- Nombre completo de las partes.-
Hay que revisar que las identificaciones de las partes sean oficiales
(credencial de elector, pasaporte, licencia de conducir) y escribir en
el contrato los nombres tal y como aparecen en dichas identificaciones.
2.- Descripción de la propiedad.-
Revisa que estés comprando exactamente lo que describe la escritura.
Debe agregarse número de escritura, fecha, notario que la expidió y
datos del Registro Público de la propiedad.
3.- Fechas límite.-
Desde que aparece un cliente hasta que se escritura pueden pasar muchas
cosas, por ejemplo, solicitudes de crédito hipotecario, escrituración
de la propiedad del comprador, pago de hipoteca y liberación de gravamen
del inmueble que se está comprando, permisos de Relaciones Exteriores
si el comprador es extranjero, sólo por nombrar algunas. Asi que hay que
establecer de común acuerdo en el contrato, cuales serán las fechas
límite para llevar a cabo todos estos tramites.
4.- Precio del Inmueble.- Precio total y forma de pago. Si el precio es en dólares u otra divisa extranjera es muy conveniente fijar el tipo de cambio.
5.- Pena Convencional.-
Es conveniente fijar un porcentaje a pagar por cualquiera de las partes
que incumpla cualquier parte del contrato. Ejemplo: negligencia por
parte del comprador para tramitar su crédito o que el vendedor se
"arrepienta" de vender cuando el comprador ya hizo los gastos y obtuvo
su crédito.
6.- Gastos de Escrituración.- A menos
que las partes acuerden otra cosa, lo usual es que el comprador paga
todos los gastos de escrituración y el ISAI (impuesto sobre adquisición
de inmuebles) y el vendedor paga el ISR (impuesto sobre la renta).
NOTA IMPORTANTE.-
Cada caso es diferente, y el contrato seguramente debe llevar más
clausulas según sea el caso, por lo que mi consejo es que siempre
consultes a un buen abogado.
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